sábado, 8 de agosto de 2015

Asambleas romanas: los comicios curiados

La etimología de la palabra curia se hace derivar de Coviria, «unión de combatientes»[1], aunque también puede estar relacionada con el lugar mismo de la reunión. Bonfante[2] describe las curias como «órganos político-administrativos y de culto» y, en consecuencia, como «órganos creados y ordenados por la Civitas, sostenidos mediante dinero del Estado (Curiorum Aes)». Dicho de otro modo, las curias eran órganos de adscripción ciudadana dentro del sistema político, los primeros en ser constituidos dentro de la naciente ciudad-estado.

Por tanto, las curias cumplían funciones religiosas, administrativas y militares[3]. Respecto a la primera, las curias eran uniones de familias concentradas en torno a unos cultos religiosos comunes[4]. Así, cada curia tenía un jefe, el curión, responsable del cumplimiento de los ritos religiosos propios de cada curia, conjuntamente con los comunes a todas (por ejemplo, las Fordicidia y las Fornacalia); el jefe de todas las curias recibía el nombre de Curio Maximus. A diferencia de los ritos religiosos de las Gentes, las ceremonias de las curias tienen la consideración de Sacra Publica, como bien señala Bonfante[5].


MariamS. Foro romano. Dominio público.


La función administrativa de las curias queda constatada con su participación en una serie de actos relativos al derecho familiar, actos considerados «graves» y, por ello, investidos de carácter público. Estos actos son la Gentis Enuptio, la Detestatio Sacrorum, la Adrogatio y el Testamentum, de los que se hablará más adelante. No obstante, lo más frecuente era que las curias, y más exactamente la asamblea que éstas formaban, no intervinieran en aquellos actos relacionados con el derecho de las familias. Ni siquiera se puede aceptar, en opinión de De Martino[6], que las curias funcionasen como una especie de registro civil.

En cuanto al terreno militar, su incidencia era más relevante. El miembro de la curia era considerado ciudadano y, como tal, «estaba llamado a formar parte del ejército como una de las funciones primarias de la organización político-ciudadana»[7]. Así pues, cada curia debía reunir una centuria de infantería (pedites), y contribuir con diez caballeros, lo que daba un total de tres mil infantes y trescientos caballeros, la primera y única legión del primitivo ejército romano[8]. La curia, eso si, no se correspondía con la centuria, puesto que la curia únicamente funcionaba como distrito de leva del ejército y no era el ejército mismo[9]. Su principal finalidad era superar el antiguo ejército gentilicio, lo que, como mantiene De Martino[10], identificó el ejército con el pueblo. En efecto, a partir de entonces, la situación del ciudadano en el ordenamiento político estaría en estrecha conexión con el puesto que ocupara en la milicia. La organización en curias propició un ordenamiento político más unitario.

Estas curias, en número de treinta según el sistema decimal latino (es decir, diez por cada tribu o todo-parte, como diría Mommsen), reunidas en el recinto del Comicio[11], dentro del Pomerio, constituyeron la asamblea popular más antigua del mundo romano, los Comitia Curiata. Mommsen[12] pone de manifiesto como las curias, en sí mismas, no tenían capacidad de obrar, capitalidad según sus palabras, pero de la concentración de todas ellas y de las decisiones tomadas por la mayoría se derivaban acuerdos vinculantes para el conjunto de la comunidad.

Ahora bien, en sus reuniones el comicio curiado dependía enteramente de la actividad del magistrado supremo de la época, el Rey. Éste era el único que estaba legitimado para convocar el comicio, mediante el Kalator[13]. Los días de reunión eran el 24 de marzo y el 24 de mayo[14], identificados en el calendario con las siglas Q.R.C.F, Quando Rex Comitiavit Fas[15], aparte, por supuesto, de otras convocatorias que el Rey podía realizar cuando así lo estimara conveniente. Durante las reuniones sólo tenía derecho a hablar el Rey o aquella persona a la que el rey concediese la palabra. El pueblo sólo intervenía directamente en el momento de la votación, respondiendo afirmativa o negativamente a la propuesta (rogatio) del monarca, lo que le daba la posibilidad de rechazar dicha propuesta. Esto hace que Mommsen considere al pueblo como el «representante y depositario supremo de la soberanía política»[16], estableciendo este autor los siguientes requisitos para validar todo acto del pueblo: pregunta (rogatio) dirigida por el Rey y voto afirmativo de la mayoría de las curias, «que eran libres de emitirlo en contrario»[17].

Además, las decisiones de los comicios curiados contaban con otra traba: el examen y revisión de sus acuerdos por parte del consejo de ancianos, el Senado. Dionisio de Halicarnaso relata como la voluntad del pueblo estaba constreñida por la autoridad de la conspicua cámara de ancianos, en particular cuando dice «La decisión de la mayoría de las curias se llevaba al Senado»[18]. Esto es lo que se conoce como Auctoritas Patrum, que alcanzó su plenitud en el periodo republicano.

Concluyendo, con la implantación de las curias y los Comitia Curiata, podemos atisbar la transición de la comunidad romana hacia una comunidad unitaria, la ciudad-estado, de la que el ejército ciudadano reclutado a través de las curias es una de sus mejores expresiones.




[1] Ver Alicia Valmaña Ochaíta, Las reformas políticas del censor Apio Claudio Ciego, Servicio de Publicaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, Colección Tesis Doctorales, 38, Cuenca, 1995, página 19; Francesco De Martino, Storia della costituzione romana, Casa Editrice dott. Eugenio Jovene, Nápoles, 1972, volumen I, págs. 146-147; Giuseppe Grosso, Lezioni di Storia del Diritto Romano, G. Giappichelli Editore, Torino, p. 42.
[2] Pietro Bonfante, Storia del Diritto Romano, página 90.
[3] De Martino, Storia della costituzione romana, I, Pág. 149.
[4] Ibidem, p. 148.
[5] Ver nota 2.
[6] Para todo este párrafo dedicado a la función administrativa de las curias véase De Martino, Storia della costituzione romana, I, Págs. 152-154.
[7] Alicia Valmaña, Las reformas políticas del censor Apio Claudio Ciego, citado página 19.
[8] Varrón, De Lingua Latina, Anthropos, Barcelona, 1990, Edición bilingüe a cargo de Manuel Antonio Marcos Casquero V, 89 y 91.  También ver De Martino, Storia della costituzione romana, I, p. 150.
[9] De Martino, Storia della costituzione romana, I, p. 124-125.
[10] Ibidem, p. 123-126.
[11] Dionisio de Halicarnaso, Historia Antigua de Roma, tomo I libros I-III, Gredos, Madrid, 1984, Edición de Almudena Alonso y Carmen Seco, III, 67, 4.  Theodor Mommsen, Compendio de Derecho Público Romano, Analecta Editorial, edición facsímil, 1999, traducción de Pedro Dorado Montero, Pág. 512. Varrón nos dice que «El comitium se llama así porque en aquel lugar se reunían para celebrar los comicios curiados y los debates jurídicos» (Comitium ab eo quod coibant eo comitis curiatis et litium causa), De Lingua Latina, V, 155.
[12] Mommsen, Compendio de Derecho Público Romano, Pág. 29.
[13] Alberto Burdese, Manual de derecho público romano, Bosch, Barcelona, 1972, p. 19: «Esta asamblea se identifica con los Comitia Calata reunidos por el Rey por medio del Kalator». Ver Varrón, De Lingua Latina, VI, 27.
[14] Para todo lo relativo al desarrollo de las reuniones de las curias, ver Theodor Mommsen, Historia de Roma, Editorial Turner, Madrid, 1983, traducción de A. García Moreno, I, págs. 119-123.
[15] Burdese, Manual de derecho público romano, Pág. 19. Para un correcto estudio del significado de estas siglas, véase Varrón, De Lingua Latina, VI, 31 y Ovidio, Fasti, Editora Nacional, Madrid, 1984, Edición de Manuel Antonio Marcos Casquero, V, 727-728.
[16] Theodor Mommsen, Historia de Roma, I, citado página 120.
[17] Ibidem, citado página 121. Respecto al voto en sí mismo, Bonfante apunta como los votantes se repartían por Gentes dentro de cada curia, si bien el voto no se recogía por Gentes sino por personas. Ver Bonfante, Storia del Diritto Romano, p. 91. En el mismo sentido, De Martino, I, p. 108.
[18] Dionisio, II, 14, 3. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario