viernes, 14 de noviembre de 2014

Sacerdocios de Roma

Sacerdocios de Roma

Pontífices.

Según Varrón[i], la etimología de la palabra “pontífice” deriva de pons (puente), puesto que los pontífices fueron los encargados de construir y reparar el puente Sublicio, puente muy importante en todo lo relacionado con las ceremonias religiosas. Sin embargo, los pontífices formaron uno de los más importantes colegios sacerdotales, fundado por Numa Pompilio[ii], que, según nos cuenta Cicerón, tenían asignada como función, bajo la dirección del Pontífice Máximo, velar por el cumplimiento de todo lo relativo al culto sagrado. En concreto, los pontífices tenían a su cargo la descripción del calendario romano[iii], principalmente en días fastos y nefastos[iv]. Los días fastos son aquellos en los que está religiosamente permitido la realización de actividades jurídicas, por el pretor, y en general, cualquier actividad del Estado; en tanto que en los días nefastos estaba totalmente prohibido por la religión acometer estas actividades públicas, prueba irrefutable de la estrecha conexión que había en Roma entre la política y una religión supeditada a los intereses de Estado. En íntima relación con esta labor pontifical, los pontífices establecían las fechas de las fiestas y festividades religiosas, y ordenaban el año de tal forma que coincidiera el año solar con los doce meses lunares, por medio de la intercalación, para que las fiestas se celebraran en las mismas fechas, sin ningún desfase temporal[v].

Además, los pontífices también hicieron de memoria histórica, encargándose de la confección de los fastos consulares, donde se recogían, año tras año, los nombres de las personas que habían ostentado tan alta magistratura, y los anales, libro donde escribían, sin aplicar mucho rigor a esta tarea, los sucesos más importantes acaecidos durante el año.

Nemo. Mujeres romanas. Dominio Público.


Junto con estas atribuciones los pontífices, como ya se dijo antes, asumieron la labor de vigilar el cumplimiento del culto sagrado. De este modo, cuidaban de que se siguieran determinadas normas con un evidente sesgo religioso, el derecho pontifical del que habla Cicerón en Las Leyes, en temas como los siguientes: ritos religiosos de cada familia, estableciendo las normas que regulaban lo concerniente a la continuación de los ritos familiares por los herederos[vi]; ritos funerarios, fijando las condiciones que debía reunir una tumba para tener la consideración jurídica de tumba y los lugares donde no se podía enterrar a un familiar[vii]; y sacrificios, determinando los tipos de víctimas que se debían ofrecer a cada divinidad y los efectos jurídicos que ello conllevaba[viii]. En todas estas cuestiones, además del derecho pontifical, estaba involucrado el derecho civil (herencias, por ejemplo). En este sentido, el colegio de los pontífices estaba formado por personas que eran expertos en derecho civil, como nos muestra Cicerón al escribir sobre los Escévolas[ix], Publio y Quinto, ambos pontífices y, a su vez, muy doctos en el ius civile, hasta el punto que el primero de ellos es considerado como uno de sus fundadores.

Al lado de los pontífices, como sacerdotes en general, se encontraban los flámines[x], adscritos a una divinidad en particular, lo que, según el arpinate, obedecía a un motivo concreto: facilitar la «evacuación de consultas de derecho y la realización de las ceremonias religiosas»[xi]. Los flámines se agrupaban en dos categorías: los flámines mayores, que eran tres, el Flamen Dialis (adscrito a Júpiter), el Flamen Martialis (adscrito a Marte) y el Flamen Quirinalis (adscrito a Quirino[xii]); y los flámines menores, como por ejemplo, el Flamen Furrinalis y el Flamen Volcanalis, cuyo número podía variar. Su creación también se debía al rey Numa Pompilio[xiii].